Preguntas Frecuentes Asegurados

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SEGUROS GENERALES

Incendio, Transportes, Aeronavegación, Cristales, Robo, Responsabilidad Civil, Integrales (Combinado Familiar, Integral de Comercio), Granizo, Seguro Técnico, Riesgos Varios, Caución, Cascos

¿Si tengo un siniestro debo acudir a alguna autoridad competente?

Si, será imprescindible la presentación de denuncia ante autoridad competente de acuerdo al tipo de siniestro que debas denunciar. Te detallamos algunas instituciones que toman intervención en siniestros de Seguros Generales:

  • Policía
  • Bomberos
  • Prefectura
  • Junta de Investigaciones de Accidentes de Aviación Civil
  • Defensa Civil

VIDA - ACCIDENTES PERSONALES

Consideraciones relacionadas con el seguro de Accidentes Personales para escolares del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿Cómo se define accidente en esta cobertura?
A los efectos de este seguro se entiende por accidente toda lesión corporal que pueda ser determinada por los médicos de una manera cierta sufrida por el asegurado independientemente de su voluntad, por la acción repentina y violenta de o contra un agente externo.

¿Quiénes están cubiertos por el Seguro de Accidentes Escolares?
Alumnos del Ministerio de Educación del GCABA de los siguientes niveles:

Inicial: común y especial
Primario: común,  especial y de adultos
Medio: común,  de adultos y artístico
Superior común

¿Cuál es el ámbito de cobertura?
El Seguro de Accidentes escolares cubre a los alumnos en todas las áreas educativas dependientes del Ministerio de Educación del GCABA, como así también en el ámbito de las prácticas o pasantías educativas en establecimientos fabriles o en otros donde los alumnos realicen especializaciones en las distintas ramas técnicas, artísticas y educativas denominada “Educación no formal” a cargo del Ministerio de Educación GCABA.

¿Están cubiertos los accidentes In Itinere?
Efectivamente, también se cubren los accidentes que puedan ocurrir en el trayecto  de ida y vuelta al establecimiento educacional.

¿Desde que edad cubre el Seguro de Accidentes Escolares?
Desde los 45 días de edad.

¿Cuáles son las coberturas dentro y fuera del establecimiento?
Están cubiertos los accidentes que pudieran ocurrir al alumno dentro del edificio y dependencias del colegio, durante la enseñanza y práctica de ejercicios físicos, en los  juegos y en los recreos.
Fuera del colegio durante los actos organizados por el mismo como ser:
Viajes colectivos tanto con finalidad pedagógica como por un simple recreo, visitas a exposiciones, museos, fábricas, cursos de natación, desfiles o torneos deportivos; siempre y cuando tales actos hayan sido organizados por las autoridades del colegio y sean vigilados por sus docentes.
También están cubiertas las actividades correspondientes a las escuelas de verano y de invierno, las actividades extracurriculares, incluyendo aquellas con participación con la comunidad y todo evento que cuente con la autorización del personal de conducción docente.

¿Cuáles son los riesgos cubiertos y los capitales asegurados?
Muerte por accidente: $ 1.470.-
Invalidez total y/o parcial por accidente hasta $ 2.940.-
Asistencia Médico farmacéutica hasta $ 735.- (Sin franquicia)

¿Qué riesgos se encuentran excluidos?
Las enfermedades de cualquier naturaleza, enfermedades profesionales, enfermedades preexistentes, alcoholismo y/o toxicomanía. Lesiones causadas por rayos X,  insolación, quemaduras por rayos solares, enfriamientos y demás efectos de las condiciones atmosféricas o ambientales.
Los accidentes ocurridos por el uso de motocicletas y vehículos similares, y los que el Asegurado o los beneficiarios, por acción u omisión provoquen dolosamente o con culpa grave.

¿Cuál es el plazo máximo para denunciar un accidente escolar?
Un año.

¿Cómo y quién cobra  los gastos de asistencia médico farmacéutica?
Sólo se cobran por  reintegro, presentando la factura o ticket original de acuerdo a la correspondiente prescripción médica.
Se le pagará a quien se haya encargado de solventar los gastos y consten en los correspondientes comprobantes, sean los padres, la directora, la cooperadora o el alumno si fuera mayor de edad.
Ver “Instrucciones en caso de siniestros de accidentes personales para escolares”

¿Debo informar a la aseguradora acerca de las salidas que realicen los alumnos fuera del establecimiento?
Sí. Debo avisar y enviar  detalles como fecha, hora, lugar al que concurrirán, grado o curso que realiza la salida
No es necesario informar a la aseguradora, la nómina de alumnos.

¿A quién se le informa las salidas? 
A Provincia Seguros vía fax al 4346-7487.

¿Qué gastos están cubiertos en caso de accidente de un alumno?
Honorarios médicos, gastos de internación,  medicamentos, primeros auxilios y radiografías, hasta la suma cubierta.

¿Qué gastos no están cubiertos?
Aparatos ortopédicos (sea compra o alquiler) lentes, medias y fajas de goma, prótesis y obturaciones dentales, anteojos, órtesis, y material descartable de venta libre (vendas, agujas, jeringas, etc.) traslados y hotelería.