Aeronavegación

Te ofrecemos una amplia gama de coberturas para la actividad aeronáutica comercial y/o privada.

Bienes asegurables: Aviones monomotores, aviones bimotores, aviones multimotores, aviones a reacción y helicópteros.

COBERTURAS

  • Daños a la Aeronave:

Daños a la aeronave por pérdidas o daños materiales directos totales y parciales.

  • Responsabilidad Civil Aeronáutica:

El Asegurador se obliga a mantener indemne al Asegurado por cuanto deba a un tercero, en razón de la responsabilidad que surja del Título VII del Código Aeronáutico (Ley 17.285, arts. 139 al 174 inclusive), con motivo de daños causados por la aeronave descripta en las Condiciones Particulares y ocurridos dentro del territorio de la República Argentina.

  • Accidentes Personales Aeronáuticos:

El Asegurador se compromete al pago de las prestaciones estipuladas en el contrato de seguro, en el caso de que la persona designada en la misma como Asegurado sufriera durante la vigencia del seguro algún accidente aéreo durante un vuelo de las características especificadas en las Condiciones Particulares, que fuera la causa originaria de su muerte o invalidez permanente o temporaria, total o parcial, y siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten a más tardar dentro de un año a contar de la fecha del mismo.

COBERTURAS ADICIONALES

  • RC Químicos.
  • PLAN AGROQUIMICOS, especialmente diseñada para Aeroaplicadores.
  • Vuelos Ferry.